Han transcurrido ya, noventa
días de la entrada en vigor de la Ley
Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes[1], aun
no se ha agotado el plazo de 200 días que señala el Artículo Décimo Segundo Transitorio[2]
de dicha normatividad, para que las Legislaturas de los Estados adecuen las
leyes estatales al marco de esta Ley, pero existen ya claros alicientes que
permiten ver en el futuro de la Ley Nacional, un panorama más satisfactorio.
En días pasados en la ciudad de
Monterrey Nuevo León, donde se celebró la Segunda
Sesión Ordinaria 2016 de las Conferencias de Procuración de Justicia Zonas
Noreste y Noroeste la Titular de la Procuraduría General de la República, Arely
Gómez, hizo un llamado a los Fiscales y Procuradores Generales de Justicia de
las Zonas Noreste y Noroeste del país a trabajar para consolidar el Sistema de
Justicia Penal Acusatorio y Subrayó también los desafíos del Sistema Integral
de Justicia Penal para Adolescentes.[3]
¿Pero cuales
serían los principales desafíos que les impone la Ley Nacional a las Fiscalías
o Procuradurías de los Estados?, y digo a las entidades de la República pues a
nivel Federal aún no existe esta Justicia Especializada y lo más seguro es que
se prolongue la vigencia federal hasta el año dos mil diecinueve.
Pero en los
Estados la situación es diferente, para nosotros ya es vigente esta Ley pues,
su entrada en vigor se materializa con la preexistencia de Autoridades
Especializadas en esta Justicia de carácter Estatal.
En ese sentido,
los retos inmediatos en el ámbito de Procuración de Justicia a nivel local,
resulta la necesidad de adecuar las leyes orgánicas para establecer en ellas, la
existencia de Unidades Especializadas en Justicia Penal para Adolescentes, las
cuales estén integradas por Ministerios Públicos que puedan acreditar la
especialización que refiere los artículos 23 y 64 de la Ley Nacional.
Pero además,
dichas reformas deben incluir un ejercicio civil de carrera para garantizar que
los funcionarios de dichas unidades no pierdan su experiencia en la materia, y
se garantice la pertenencia de los mismos, dentro de las unidades de referencia
y no sean sujetos dichos Agentes, a la práctica común de rotación, la cual
afecta y atenta de manera directa con el principio de Especialización[4].
Además de estos
postulados resulta de vital transcendencia que las Fiscalías y Procuradurías
Estatales, cuenten con peritos que en relación a la materia de su ciencia o
arte, se hace necesaria la especialización que marca la Ley Nacional, a fin de
poder garantizar buenas prácticas y el claro respeto a los derechos específicos
que por su condición de personas tiene los menores de edad.
Otra acción, no
tanto del ámbito legislativo, si no de carácter administrativa es la inclusión de
la figura de los Facilitadores Especializados en la materia minoril, para garantizar
que las salidas alternas se realicen en el marco de la Ley Nacional, así como
las acciones relativas a brindar tanto la capacitación del personal en general,
como la especialización y actualización de los funcionarios que por disposición
legal[5]
la requieren a través de la celebración de acuerdos con instituciones académicas
para ello.
Ademas la
noticia que enfrente con gran alegría, fue la relativa a que el proyecto de
presupuesto del Poder Judicial Federal de 75 MMDP solicitados para 2017[6],
en donde se argumentó que el mismo, “responde a la necesidad de consolidar el
Nuevo Sistema de Justicia Penal con instalaciones y jueces en todo el país, así
como para la implementación del Sistema de Justicia para Adolescentes”.[7]
Aclaro la alegría no es ocasionada por el
monto solicitado, sino porque después de más de diez años, se inicia a nivel
federal con la implementación de la Justicia para Adolescente, aun cuando no
existe información al respecto sobre cómo se implementara, considero que esto
no será muy alejado de la manifestación realizada por el Titular de la Unidad
de implementación de las reformas Penal, Amparo y Derechos Humanos del Poder
Judicial de la Federación, Roberto Negrete[8],
ante el Senado de la Republica, en donde hizo referencia al acuerdo que tomara
el Consejo de la Judicatura Federal de fecha 20 de agosto del 2014, para la
implementación del Sistema Justicia para Adolescentes de carácter Federal, en
base a la normatividad vigente en ese momento, es decir mediante la instalación
de un modelo de Circuitos Fijos e Itinerantes.
Pero en fin, la Justicia Penal para
Adolescentes se mueve.!!!
[1] Diario Oficial
de la Federación de 16 de junio del año 2016, visible en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5441663&fecha=16/06/2016, la cual entro
en vigor el día 18 de junio del año 2016.
En un plazo que no exceda de 200 días
naturales después de publicado el presente Decreto, la Federación y las
entidades federativas deberán publicar las reformas a sus leyes y demás
normatividad complementaria que resulten necesarias para la implementación de
esta Ley.
[4]
Para
abundar más sobre el tema se recomienda la lectura del libro RAMÓN FUENTES,
Alejandro. “El Principio de Especialización en la Justicia Penal de
Adolescentes”, editado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la
Universidad Juárez del Estado de Durango, México 2016 y consultable en formato electrónico
en http://pensamientojuridico.blogspot.mx/
(a partir del día 13 de septiembre del año 2016)
[6] ARANDA Jesús.,
artículo “SCJN Justifica los más de 75 de MMDP solicitados para el 2017,
publicado en la Jornada virtual, el jueves 8 de septiembre del año 2016 y
visible en: http://www.jornada.unam.mx/ultimas/2016/09/08/scjn-justifica-los-mas-de-75-mmdp-que-solicitaron-para-2017
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