sábado, diciembre 31, 2016

La Justicia para Adolescentes en el año 2016, una reflexión obligada.

31 de Diciembre del 2016

Este año que esta por concluir fue muy importante para los operadores del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes de todo el País, pues sin duda desde hace más de diez años que se presento la iniciativa que pretendía en aquel momento establecer el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, la cual se materializo el día 12 de diciembre del año 2005, con la reforma al artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pero siempre quedo en el tintero la idea de una legislación única para todo México, situación que no se alcanzo hasta el  pasado 16 de junio de este año, con la publicación de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

Legislación Nacional, la cual sin duda no solo homologa este tipo de justicia Especializada en todo el País, sino que con la misma permite un avance considerable en la materia, pues retomando esta legislación situaciones que ya habían sido resueltas por la Suprema Corte de la Justicia de la Nación en el año 2008, con la resolución de la acción de inconstitucionalidad 37/2006, pero las cuales no habían sido observadas en su totalidad  por las legislaciones de los estados, pero ahora al establecerlas en una sola legislación hace palpable esta Justicia diferenciada, a la cual desde el 02 de Julio del año 2015, sabemos que a rango constitucional ha quedado establecido que se trata de una Justicia Penal con sus particularidades o como lo había señalado la SCJN, modalizada.

Considerando que uno de sus importantes aportes radica en que pasamos a un tipo de procedimiento material y formalmente en libertad, pues se estableció una temporalidad para la imposición de la medida de internamiento, la cual resulta ser muy inferior a las que se habían establecido en algunos estados, rompe definitivamente con la medida cautelar de internamiento oficiosa que algunas legislaciones establecían, reduce considerablemente los delitos que pueden ser sujetos a la aplicación de este tipo de medidas privativas de libertad, lo que sin duda para el adecuado funcionamiento de este tipo de Justicia, se requiere que los Estados cuenten con fuertes Autoridades encargadas del seguimiento de las medidas cautelares tanto de internamiento como en externamiento y de las medidas definitivas impuestas mediante sentencia, pues de lo contrario no se alcanzaran los fines y objetivos de  este tipo de Justicia Especializada.

Materializando de esta forma el principio de que la medida de internamiento, sea impuesta como ultimo recurso y por el tiempo más breve que proceda.

Sin duda espero que tanto el próximo año 2017, como los venideros se siga observando un crecimiento uniforme en todo el país, sobre criterios jurídicos, sobre bibliografía de la materia minoríl, que integre a todos los operadores del país, ya que por primera vez todo nuestro trabajo versa sobre una misma legislación, situación que debe enriquecer a esta materia más que en los últimos diez años de vigencia del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes en México.

No podemos dejar de mencionar que esta Legislación Nacional había generado muy altas expectativas, las cuales no fueron del todo cubiertas por este cuerpo normativo, sin embargo creo que contando con el  apoyo y experiencias de todos los operadores jurídicos  Especializados de México, podemos buscar en un corto tiempo que esta legislación sufra algunas adecuaciones para convertirse en la aspiración de Ley que todos buscamos.

Pues desde la entrada en vigor de la Ley Nacional, ha impuesto retos muy claros a todos los Organos Jurisdiccionales Especializados en esta materia, los cuales en base a la experiencia de casi diez años dentro del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, ahora Penal, podremos ir sorteando dichos retos y consolidando este tipo de Justicia Especializada.

Tales retos destacan la Especialización de los Operadores del Sistema, el romper con la mala practica de movilidad de estos operadores del Sistema (Defensores, Ministerios Públicos, y Organos Jurisdiccionales), establecer planes de capacitación adecuados a la nueva realidad y con una nueva visión no solo integradora sino nacional, la consolidación de la exclusividad de la materia de los órganos que integran el sistema, la inclusión de la materia de Justicia para Adolescentes dentro de los planes de estudios de las maestrías en Derecho  Penal o en la propia curricula de las facultades de Derecho y sobre todo de la creación de la Autoridad Administrativa, la cual lineas arriba nos referimos como la encargada del seguimiento de la vigilancia de las medidas impuestas a los Adolescentes sujetos a proceso.

Aun cuando no todos los Estados hemos dado cabal cumplimiento a la obligación de adecuar nuestras legislaciones en los términos del artículo décimo segundo transitorio de la Ley Nacional, ya se reportan avances sobre este tema, que en un corto plazo deberán de consolidarse para el adecuado funcionamiento del Sistema Integral.

El próximo año, es una gran oportunidad para seguir avanzando en esta materia, pues existen diversas áreas de oportunidad que demos aprovechar al máximo desde nuestra trinchera para que nuestro País cuente con una Justicia adecuada a nuestros menores de edad.

Me despido deseándoles que el próximo 2017, este lleno de bendiciones y éxitos en sus vidas y en las de sus familias, un cordial abrazo.

Su amigo


Alejandro Ramón Fuentes.